foto Congreso de la República
El martes 19 la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología aprobó por mayoría la derogación de los DL 1015 y 1073.
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Como se observa, Alberto Pizango da razones de derecho: el incumplimiento del convenio 169 de la OIT y de la Constitución, mientras que del Castillo da como razón que las comunidades son una creación virreinal.
Ayer El miércoles 20 se firmó un acta de acuerdo entre el Congreso y AIDESEP
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Como era de esperar, esto no le ha gustado nada al presidente García que considera que es él quien sabe qué es lo bueno para los indígenas y por ello, califica de error histórico la derogatoria de este decreto.
Al respecto, Robert Guimaraes, vicepresidente de AIDESEP, sostiene que el presidente García habla de error histórico desde su desconocimiento de las cosas:
“El presidente Alan García está mal asesorado. (…) Nuestra pobreza no es material, la pobreza la generan las mismas industrias extractivas, pues hay ríos contaminados y bosques depredados, esa es la pobreza de la Amazonía, no la falta de agua, de luz. La pobreza en la Amazonía es cuando todo está contaminado y no hay posibilidades de desarrollarnos de manera sostenible. Esa es la realidad amazónica” (Pueden leerse las declaraciones de Robert Guimaraes aquí)
Actualización
Viernes 22 de agosto: Se derogan los decretos legislativos 1015 y 1073
Por 66 votos a favor, 29 en contra y ninguna abstención el Pleno del Congreso aprobó esta tarde un proyecto de ley por el cual se deroga los decretos legislativos 1015 y 1073, relativos a actividades económicas en tierras del país y de las comunidades campesinas y nativas
Más información:
Perú: Lucha de los pueblos indígenas amazónicos logró triunfo en el Congreso
Hola:
Gracias por el archivo del acta. Las afirmaciones de Guimaraes son exactas y ya Alberto Chirif indico mas de una vez este sentido de la pobreza o de la idea de desarrollo que se piensa «para» la Amazonia.
Servindi puso en su pagina un estudio de F. Eguiguren sobre la inconstitucionalidad de todos los decretos legislativos en tanto han sobrepasado el mandato de la ley 29157 de delegación de facultades legislativas. No se trata, entonces, solo de los decretos 1015 y 1073 si no de todos los otros vinculados a la Amazonia, en esta caso, o a las comunidades campesinas de Sierra y Costa e incluso a cambios en la estructura del Estado.
Eduardo