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Hernando de Soto ha sacado un documental que se ha presentado hace unos días en Canal N y que también se puede ver por internet. El documental lleva por título «el misterio del capital de los indígenas amazónicos» y es en verdad una estrategia concebida por el jefe del Instituto Libertad y Democracia para desconocer derechos consagrados a los pueblos indígenas en el Convenio 169 de la OIT y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Y digo esto porque una de las luchas más importantes de los pueblos indígenas ha sido por el reconocimiento de sus territorios. Viene a cuento citar aquí a Sanchez Granero en el prólogo a un libro imprescindible para conocer este tema: (Marcando Territorio – Progresos y limitaciones de la titulación de territorios indígenas en la Amazonía de Alberto Chirif y Pedro García Hierro publicado por IWGIA):
Hoy en día las tierras de los pueblos indígenas de la mayor parte de los países amazónicos han sido tituladas y su derecho a éstas está a menudo reconocido en sus respectivas constituciones y amparado por un importante conjunto de leyes. No todas las tierras indígenas han sido tituladas. Ni todas las tierras tituladas gozan de idéntico grado de protección. Aún falta mucho por hacer en este campo. Y esto lo señalan claramente los autores. Pero los avances han sido enormes y los logros muy significativos.
Por otro lado, sin embargo, los autores [Chirif y García] advierten que ésta ha sido o puede convertirse en una victoria pírrica. La principal razón es que para poder obtener garantías legales sobre sus tierras los pueblos indígenas han debido ajustar sus particulares nociones de territorio a las muy específicas concepciones del derecho romanista que impera en la mayor parte de los países amazónicos. Ésta es la cara oscura del proceso. Como consecuencia de estos ajustes, en la actualidad los territorios indígenas se presentan como unidades fragmentadas, lo cual ha afectado los patrones tradicionales de uso de los recursos. Están dedicados mayormente a actividades mercantiles consideradas productivas por las autoridades, pero que contribuyen a la erosión de los suelos y la depredación de los recursos. Y son territorios sobre los cuales los indígenas tienen tan sólo un derecho parcial –únicamente sobre la superficie pero no sobre sus recursos- y a los cuales se superponen otras jurisdicciones administrativas –lo cual dificulta una adecuada gestión territorial. (p.13)
Pero para de Soto lo que hasta ahora se ha conseguirdo no es útil porque, según él, se trata de una titulación deficiente.